La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA) ha comunicado, a través de una carta fechada el 02 de abril de 2020, algunas medidas relativas a la celebración de capítulos generales y la prórroga en los servicios de gobierno de los institutos de vida consagrada y las sociedades de vida apostólica.
Prot. n. Sp.R. 2419/20
Ciudad del Vaticano, 2 de abril de 2020
Consideradas las medidas en curso adoptadas por los gobiernos y, en particular, las restricciones en los traspasos y viajes como consecuencia de la emergencia pandémica causada por el Covid-19, la Congregación para los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica dispone lo siguiente:
– autoriza a diferir la celebración de los capítulos generales y provinciales hasta nueva fecha;
– una vez establecidas las nuevas fechas de la celebración del capítulo, se
informe al Dicasterio mediante comunicación escrita enviada a través de
correo electrónico a la siguiente dirección segr@religiosi.va; o bien via fax al siguiente número 06 6988 4526;
– al mismo tiempo se recuerda que los mandatos de los Superiores mayores y respectivos Consejos se extienden hasta la sucesiva celebración de los capítulos.
Estas indicaciones tienen efecto desde la fecha de emanación del Decreto general CIVCSVA Prot. N. Sp.R. 2419/20 del 2 de abril de 2020 y permanecerán operativas mientras no se den nuevas disposiciones.
João Braz Card. de Aviz
Prefecto
José Rodríguez Carballo, O.F.M.
Arzobispo Secretario
Posted by: Miguel Campo Ibáñez, SJ
Facultad de Derecho Canónico. Facultad de Derecho
Muy buen artículo, muy bien explicado todo,se agradece, gracias.
Muchas gracias por compartirlo. Un artículo muy interesante.