El Tribunal Supremo ha dictaminado que el padre o la madre que tenga la custodia de sus hijos pierde el derecho a disfrutar de la vivienda familiar en caso de que conviva con una nueva pareja de forma estable. Es la primera vez que la Sala Primera del alto tribunal se pronuncia al respecto. La mayoría de jueces y abogados consultados, que se muestran satisfechos con la decisión, lo catalogan como una “revolución en el derecho de familia”, ya que sentará jurisprudencia sobre un asunto que hasta ahora había suscitado polémica. Pero no todos coinciden: hay quien considera que el fallo no vela por el interés del menor. Hasta ahora, gran parte de los juzgados consideraban que, en beneficio de los hijos, el uso del domicilio familiar debía ser otorgado al progenitor custodio, independientemente de que conviviera con una nueva pareja.
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