No nos dejemos engañar, la subrogación de la gestación es un contrato entre particulares sujeto a derecho mercantil cuyo objeto final es un ser humano recién nacido, no el proceso biológico de la gestación. A las mujeres no se las contrata sólo para gestar y parir, sino para que entreguen el «producto» acabado: el bebé, un ser humano que es, a fin de cuentas, el objeto real del contrato.
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[fa type=»file-text»] Fuente: Huffington Post