El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado a una madre que asume la crianza de dos hijos en solitario la condición de familia numerosa, después de que lo haya solicitado alegando que su situación es equivalente a la de una mujer con dos hijos a cargo que ha enviudado, circunstancia excepcional en la que la ley sí prevé conceder el título de familia numerosa y sus beneficios. El fallo concluye que la madre no ha usado una buena comparación «en la forma y en el modo». La mujer tendrá que pagar 300 euros por las costas del proceso, aunque puede recurrir al Supremo.
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[fa type=»file-text»] Fuente: El País
[fa type=»camera”] Autor de la imagen: Kimberly Mahr | Flickr