La crisis está poniendo de manifiesto la vulnerabilidad en materia de vivienda del grupo compuesto por los hombres y mujeres afectados por procesos de separación o divorcio, causa principal del enorme incremento experimentado por los hogares monoparentales, entre los que son minoritarios los producidos por fallecimiento del cónyuge o por otras situaciones como las madres solteras. Sólo en 2011 (último año con valores disponibles), según el INE con datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial, se produjeron 110.332 declaraciones de nulidad, separación o divorcio. Estos datos corroboran una percepción social bastante difundida: la irrupción de la crisis económica redujo el ritmo de los procesos de ruptura matrimonial. Así lo pone de manifiesto la tasa de variación de un –10,8% entre los quinquenios anterior y posterior al estallido de la crisis. Todas las comunidades autónomas participan en mayor o menor medida de esta desaceleración. Pero si aplicamos el foco a los datos del período 2007-2011, los descensos se incrementan entre ambos años en la media nacional un –19,7% y aún más por comunidades autónomas, con valores extremos en Asturias (–27,6%) y Ceuta (–31,8%).
Estos datos ponen de manifiesto hasta qué punto han influido los efectos de la “burbuja inmobiliaria” sobre los procesos de disolución de hogares familiares, como apuntó muy gráficamente Mª Antonia Sánchez Valero en su reportaje “Imposible separarse tras el ‘boom’ inmobiliario” (El País, 8 de febrero de 2008). La ruptura de las parejas ha conducido a exacerbar los problemas derivados del pago de los préstamos hipotecarios de las viviendas adquiridas cuando los precios eran más altos entre 2000 y 2005, agravados por las condiciones impuestas en los procedimientos judiciales al cónyuge que abandona el hogar familiar, normalmente el hombre.
Centrándonos exclusivamente en las secuelas de las rupturas matrimoniales, queda de manifiesto hasta qué punto fue una decisión errónea preferir la vivienda en propiedad y cómo la vivienda adquirida por la pareja en régimen de gananciales y pagada parcialmente con grandes sacrificios se convierte, al producirse la ruptura, en una pesada carga y germen de múltiples conflictos entre las partes. Si ya este resultado es particularmente preocupante, la situación puede llegar a ser dramática si ambos están en paro, sobre todo para el que tiene que abandonar el domicilio conyugal (el 95% de los casos es el hombre) y ha de seguir pagando el 50% de la hipoteca, la pensión alimenticia y, algunas veces, la compensatoria. En tales circunstancias, acceder a un alojamiento alternativo se convierte en muchas ocasiones en misión imposible, llegándose a dar casos de soluciones carentes de los mínimos requisitos de calidad residencial (pensiones, piso compartido, campings, coches) o, como mal menor, la vuelta al domicilio paterno, acompañada a menudo de graves problemas de convivencia.
La situación descrita pone sobre la mesa la eclosión de una nueva demanda (latente o explícita, solvente o insolvente, las más de las veces) con peculiares exigencias en cuanto a tipologías (estudios o viviendas pequeñas de uno o dos dormitorios) y forma de tenencia (preferentemente alquiler). El mercado inmobiliario llevaba años detectando la presencia de este nuevo tipo de cliente, ya visible antes del estallido de la “burbuja”. Así lo puso de manifiesto en 2007 una encuesta realizada por Comprarcasa, la red de inmobiliarias vinculada al Col·legi Oficial d’Agents de la Propietat Inmobiliària (API) de Barcelona, entre los agentes inmobiliarios de la provincia, de la que se desprendía que los divorciados movían el 20% del negocio de compraventa y alquiler. La citada encuesta revelaba que más del 85% de las personas en búsqueda de vivienda tras una separación o divorcio eran hombres solos. Evidentemente, se trata de una percepción optimista propia de un momento en que los divorciados eran considerados un importante nicho de demanda para el sector inmobiliario, especialmente el grupo de divorciados y separados sin hijos, a partir de la ecuación, claramente exagerada, de que daban lugar a la venta de una casa, pero después a la compra de dos.
En realidad, la demanda de vivienda por el colectivo de separados y divorciados no ha hecho más que aumentar sus tintes negros antes y después del estallido de la crisis. De hecho, va ganando peso la percepción dominante de que las familias monoparentales forman parte de los grupos en peligro de exclusión por motivos básicamente económicos, dado que suelen tener menores recursos que las ordinarias, con el agravante de que suele ser una mujer la persona principal y en un porcentaje alto de estas familias monoparentales la mujer se halla parada o inactiva (alrededor de un tercio). Por ello, resulta de una lógica aplastante que, según se desprende de la citada encuesta realizada por la Asociación Española de Promotores Públicos de Vivienda y Suelo (AVS) entre las entidades asociadas, sean las familias monoparentales presididas por mujeres las que con mayor frecuencia acuden a los servicios municipales de vivienda. Asombra, por eso, que en el Plan de Viviendas 2005-2008 tan sólo estaba prevista la preferencia en subvenciones al alquiler hasta un máximo de 2.880 euros anuales para las familias monoparentales.
Por su parte, las asociaciones de padres separados y divorciados emprendieron acciones encaminadas a conseguir la inclusión de este colectivo en la Renta Básica de Emancipación (RBE) ante la imposibilidad de muchos de ellos de hacer frente a todos los gastos relacionados con el divorcio y además al alquiler como única forma viable de acceso a una vivienda. Ante tal pretensión, las organizaciones de consumidores, particularmente la Federación de Consumidores en Acción (FACUA), se manifestaron a favor, aunque vinculando las ayudas a la capacidad adquisitiva de los beneficiarios. Incluso la percepción de este tipo de ayuda llegó a ser vista como positiva por la última ministra de Vivienda del segundo Gobierno de Rodríguez Zapatero, por considerar que sería un paso más en pro del acceso a la vivienda de todos los ciudadanos y ante la constatación de que la RBE estaba cumpliendo las expectativas sin haberse producido un incremento de las rentas de alquiler. También se barajaron otro tipo de ayudas temporales para facilitar el acceso al alquiler a personas separadas y divorciadas, con preferencia de los que tuvieran hijos a cargo.
En el ámbito autonómico y local, donde residen las competencias ejecutivas en materia de vivienda, han sido bastantes las comunidades autónomas que han previsto ayudas al alquiler para personas separadas (Baleares, La Rioja, Castilla y León, Asturias, Madrid…), algunas veces con condiciones. En Asturias, por ejemplo, la persona separada o divorciada debe adjuntar a su solicitud el auto o la sentencia que acredite tal situación, así como el certificado de estar al corriente en el pago de las pensiones alimenticias o compensatorias y teniendo siempre preferencia las familias monoparentales con hijos (convocatoria de 2012).
Un paso más en la protección de este tipo de solicitantes lo han dado algunas autonomías al favorecer su acceso a la concesión de viviendas públicas. El Gobierno Vasco, a la vista del aumento de separaciones y divorcios a partir de 2001, decidió modificar el decreto correspondiente a las viviendas públicas en vigor desde 2008, estableciendo que cualquier ciudadano que pagase una pensión compensatoria a su ex pareja podría deducir este montante completo de su declaración de ingresos a la hora de solicitar un piso, tanto en régimen de compra como de alquiler. Con esta medida, que se consideró avanzada, el ejecutivo autonómico pretendía adaptar la normativa de la VPO a las nuevas circunstancias. En cuanto al alquiler público, en el País Vasco las ayudas han ido aún más lejos, pues los vascos separados o divorciados han conseguido un acceso preferente a las viviendas de alquiler de protección oficial gracias al acuerdo alcanzado por la Federación de Euskadi de Madres y Padres Separados (Kidetza) y el Departamento Vasco de Vivienda, del que se beneficiará hasta el 67% de las personas que se encuentren en tal situación.
Finalmente, el controvertido tema de la creación de un cupo especial para este colectivo no aparece en el horizonte de las Administraciones regional y local. La Comunidad de Madrid fue pionera al adjudicar en 2006, por primera vez en España, cuarenta viviendas en régimen de alquiler a personas separadas y divorciadas, promovidas por el IVIMA. Posteriormente se ha realizado alguna promoción específica para este colectivo, dispersa por diversos municipios, pero un cupo como tal en las promociones de vivienda pública de la comunidad y del ayuntamiento sólo hay para madres solteras, mujeres maltratadas, inmigrantes y personas en situación de riesgo social, pero no se atiende a divorciados. A lo sumo se contempla expresamente desde 2006 como un criterio más a ser tenido en cuenta en el baremo para el sorteo en el proceso de adjudicación “a personas separadas y divorciadas en virtud de resolución judicial”. Sólo carácter anecdótico tuvo, en el capítulo de ayudas para acceder una vivienda de los separados y divorciados, una peculiar iniciativa del Grupo Ternum, que consistía en facilitarles el acceso a una vivienda nueva sin pagar nada durante un año, lo que suponía el ahorro de hasta un 40% en el precio final.