«Delia Rodríguez, abogada de familia, explica cómo actuar ante este tipo de sucesos y qué indica la legislación, según la situación individual de cada mujer.
En la actualidad, al referirnos a los derechos ostentados por las viudas debemos tomar como punto de partida su condición cómo herederas forzosas con independencia de que exista o no un testamento y del contenido del mismo. Bajo esta condición, “estas tienen derecho a percibir una parte de la herencia del difunto que variará en función de si existen también descendientes o ascendientes, también conocida como la legítima. Es más, si la persona fallecida no ha otorgado testamento y a su vez no existen descendientes ni ascendientes, toda la herencia será para la viuda”, explica Delia Rodríguez, abogada de Familia.»
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