««Los magistrados establecen, en una sentencia de 23 de febrero, “el derecho” de un padre “a que su hija reciba, junto a sus condiscípulos, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular”.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha dictaminado que una alumna de primaria de esta Comunidad Autónoma tiene “derecho a recibir, junto con sus condiscípulos, en el colegio y curso en el que sigue sus estudios, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable”, según especifica una sentencia de 23 de febrero, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, que completa que ante la falta de concreción por la Generalitat del número de horas para cada lengua, “se fija en un 25% de las horas lectivas, que deberá cumplirse en sus propios términos”.»
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