Un juez de Barcelona ha estimado la demanda civil interpuesta por un ciudadano que reclamaba la tenencia compartida del perro (concretamente, un perra de raza pastor alemán), al que no podía visitar o pasear tras romper con la pareja con la que había convivido. El juez (Juzgado de Primera Instancia número 9) considera que es una “circunstancia formal” que en la documentación del animal sólo figurara como titular la ex compañera; y que lo relevante es que, durante la convivencia como pareja, ambos se responsabilizaron del perro “como un ser propio de ambos”. Por ello, dicta la tenencia compartida del animal, de manera que, en el caso de que no hubiera acuerdo, debería concretarse con un reparto del perro en semanas alternas.
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