La Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa) asegura que los hijos mayores de edad con ingresos propios y que conviven en el domicilio familiar están obligados a contribuir económicamente en casa; una obligatoriedad que contempla el artículo 155 del Código Civil, por lo que, en casos extremos, el juez podrá exigir que abandonen el domicilio si no realizan esa aportación.
Leer más [fa type=»long-arrow-right»]
[fa type=»file-text»] Fuente: ABC