La pederastia en España: su evolución en cifras y las claves para prevenirla
La última modificación del Código Penal, en 2015, agravó las penas correspondientes a aquellos condenados por delitos sexuales contra menores de edad, estableciendo condenas de cárcel de entre uno y cinco años, ampliables a nueve en caso de que la edad de la víctima baje de los 16 años o se emplee la violencia en estos abusos, entre otras circunstancias. El Código Penal divide en dos a este tipo de delitos sexuales. En primer lugar, está la corrupción de menores y personas con discapacdiscapacidad, crimen que engloba todos los actos relativos a prostitución, explotación sexual o abusos sexuales contra menores de edad o personas con discapacidad necesitada de especial protección.
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