La prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del pago de IRPF, según establece una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El fallo, que adelanta el diario económico Cinco Días, se circunscribe a este proceso concreto. No sienta jurisprudencia ni obliga a Hacienda a modificar el criterio que sigue para este tipo de ayudas, pero abre la posibilidad de que las contribuyentes que las hayan percibido desde el año 2012 reclamen la devolución de los impuestos pagados de más.
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[fa type=»file-text»] Fuente: El País