La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA) comunicó a la Conferencia Española de Religiosos (CONFER), con fecha 30 de abril de 2020, algunas medidas relativas a la tramitación administrativa que se lleva a cabo por el dicasterio.
Dadas las restricciones a la movilidad en la ciudad de Roma, y lo mismo que la actividad administrativa de la mayoría de los Estados (véase este en este Blog: «ESPAÑA. MEDIDAS LEGALES ANTE EL COVID-19 RELEVANTES PARA LA IGLESIA -1-») el dicasterio romano avisa que la tramitación administrativa de licencias para enajenaciones y otras actividades administrativas como la concesión de dispensas quedará ralentizada garantizándose la respuesta solo a las peticiones más urgentes.
Se admiten las solicitudes a través de correo electrónico. Las respuestas serán anticipadas también por esta vía.
El texto de la comunicación es el siguiente:
AVISO
A raíz de las disposiciones promulgadas el pasado 11 de marzo y a la luz del nuevo Decreto del Presidente del Consejo de Ministros italiano que suspende las actividades productivas y de trabajo no esenciales, con el fin de limitar los desplazamientos y garantizar el ejercicio del ministerio petrino,
por indicación de la Secretaría de Estado este Dicasterio informa que
· garantiza respuestas inmediatas solamente a las prácticas urgentes (peticiones de representación legal – aplazamiento de capítulos – dispensas y enajenaciones urgentes …)
· las respuestas serán anticipadas via internet y después enviadas por correo ordinario
· los Institutos pueden enviar sus peticiones por email, pero solo por medio de documentos en formato pdf.
· las peticiones van dirigidas a la siguiente dirección pref@religiosi.va
Posted by: Miguel Campo Ibáñez, SJ
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