Turquía abandonaba el 28 de febrero el control de su frontera con Grecia. La decisión turca de romper el acuerdo alcanzado entre los estados miembros de la UE y Turquía en marzo de 2016 tiene un doble intención: que la UE destine más dinero al mantenimiento de los refugiados en Turquía (algo previsto en el acuerdo o “declaración” de 2016), y que la UE apoye a Turquía en su campaña militar en Siria. No cabe duda que, cualquiera que sea la situación, es aberrante utilizar a las personas en situación de máxima vulnerabilidad para alcanzar fines políticos o estratégicos.
UE
Sobre vergüenza y dignidad en el retorno de los inmigrantes en situación irregular. Por Cristina Gortázar
En el Discurso sobre el Estado de la Unión (2018) Jean-Claude Juncker se ha referido a la necesidad de reforzar los retornos de las personas inmigrantes en situación irregular a sus países de origen o tránsito; asimismo, también ha recordado que dichos retornos se han de efectuar con pleno respeto a los derechos fundamentales de las personas y a su dignidad.
Entre los derechos de los inmigrantes en situación irregular con respecto a su propio procedimiento de retorno está el derecho a la salida voluntaria en un periodo de entre 7 y 30 días, que debe extenderse en determinadas circunstancias (escolaridad de los hijos, etc.) aunque también puede restringirse e, incluso, no aplicarse en casos excepcionales (artículo 7 de la Directiva de retorno). Una de las ventajas de que el retorno se produzca dentro de un periodo voluntario es que las personas no tendrán ligada a su salida una posterior prohibición de entrada (algo que sí sucede si dicho retorno se lleva a cabo de manera forzosa).