Las conclusiones del Comité de los Derechos del Niño para España sobre la Convención de los Derechos del Niño -publicadas por Naciones Unidas el pasado 2 de febrero de 2018- instan a España a tomarse en serio la protección de la infancia contra la pobreza, la violencia y la discriminación. En este contexto, una de las formas de discriminación más frecuentes viene determinada por la condición de extranjero, que en el mejor de los casos justifica un trato diferenciado respecto a los niños y niñas españoles y en el peor de los supuestos tratarlos como si fueran personas mayores de edad.
Precisamente, como tuvo ocasión de explicar el experto en infancia Alejandro Morlachetti durante la formación organizada por UNICEF sobre las nuevas Observaciones Conjuntas del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y del Comité de los Derechos del Niño –OGC, número 3 y 22 (2017) y OGC, número 4 y 23 (2017)– celebrada el pasado 16 de febrero en la sede del Consejo General de la Abogacía Española, la determinación de la edad y las devoluciones en caliente son dos de los puntos más acuciantes de las recomendaciones elaboradas para España por el Comité de los Derechos del Niño.